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Dependencia/Entidad: |
Secretaría General de Gobierno |
Unidad Respon: |
Dirección General de Gobernación |
Clasificación: |
trámite |
Sector: |
Administración Gubernamental |
Área que lo ofrece: |
Coordinación de la Comisión del Registro Estatal de Peritos |
Responsable: |
José Concepción Gallardo Martínez |
Cargo del Res.: |
Director General de Gobernación |
E-Mail del Resp.: |
sgg-jgallardo@slp.gob.mx |
Clave Interna: |
30202401 |
Descripción: |
Es el registro de personal calificado, autorizado por un órgano colegiado, para dictaminar, opinar, valuar y prestar servicios en las diferentes ramas de la actividad pericial, mediante el cual se brinda certeza a los particulares y a las Instituciones Públicas de que los profesionistas que lo conforman son verdaderos especialistas en la materia, con perfiles y currícula acordes y acreditados. |
Dirigido a: |
Ciudadanos que pretendan realizar actividades de peritaje en el Estado. |
Comprobante a recibir: |
Constancia de Registro de Perito Autorizado. |
Tiempo de Respuesta: |
Veinte días hábiles para la resolución y 5 días hábiles para conceder la inscripción como perito autorizado. |
Vigencia: |
2 años calendario de acuerdo al artículo 19 de la Ley de Peritos del Estado de San luis Potosí |
Periodo de recepción de solicitudes: |
Permanente. |
Hora de recepción: |
Lunes a viernes a partir de las 08:00 a 14:30 horas |
Página Web: |
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Observaciones: |
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Última Modificación: |
2022-09-12 |
Formato: |
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Requisitos |
Concepto |
Requisito |
Registro de Perito Ambiental | 1.- Solicitud de petición de registro dirigida al Secretario General de Gobierno. 2.- Currículum vitae. 3.- Comprobante de domicilio. 4.- Copia certificada de acta de nacimiento. 5.- Copia simple de título profesional o técnico y en su caso cédula profesional. 6.- Constancia de Colegio o Asociación de Profesionistas. 7.- Copia certificada de cédula profesional. 8.- Dictámenes de tres años anteriores a la fecha de la solicitud. 9.- Copia simple de identificación oficial. 10.- Constancia de asistencia al curso sobre los principios del nuevo sistema penal. Para obtener la revalidación: 1.- Informe anual de actividades. 2.- Constancia de Colegio o Asociación de Profesionistas al que pertenece. |
Registro de Perito Dictaminador | 1.- Solicitud de petición de registro dirigida al Secretario General de Gobierno. 2.- Currículum vitae. 3.- Comprobante de domicilio. 4.- Copia certificada de acta de nacimiento. 5.- Copia simple de título profesional o técnico que acrediten el conocimiento de la materia sobre la que se pretenda dictaminar. 6.- En su caso, copia certificada de cédula profesional. 7.- Constancia de Colegio o Asociación de Profesionistas del ramo o institución especializada en la materia. 8.- Dictámenes de tres años anteriores a la fecha de la solicitud. 9.- Copia simple de identificación oficial. Para obtener la revalidación: 1.- Informe anual de actividades. 2.- Constancia de Colegio o Asociación de Profesionistas al que pertenece. |
Registro de Perito Traductor o Intérprete | 1.- Solicitud de petición de registro dirigida al Secretario General de Gobierno. 2.- Currículum vitae. 3.- Comprobante de domicilio. 4.- Copia certificada de acta de nacimiento. 5.- Copia simple de título profesional o técnico que acrediten que el interesado domina y sabe interpretar el idioma o lengua de que se trate; o bien constancia emitida por una institución oficial o documento análogo que valide el dominio del idioma o cualquier proceso de comunicación humana. 6.- Tratándose de lenguas o dialectos de las etnias se requerirá certificación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas en donde conste que se domina y sabe interpretar la lengua de que se trata, así como el idioma español. 7.- En su caso, constancia de las autoridades tradicionales de algunos de los pueblos indígenas que hablen la lengua respectiva. 8.- Copia certificada de cédula profesional. 9.- Copia simple de identificación oficial. 10.- Constancia de asistencia al curso sobre los principios del nuevo sistema penal. Para obtener la revalidación: 1.- Informe anual de actividades. |
Registro de Perito Valuador de Bienes Inmuebles | 1.- Solicitud de petición de registro dirigida al Secretario General de Gobierno. 2.- Currículum vitae. 3.- Comprobante de domicilio. 4.- Copia certificada de acta de nacimiento. 5.- Copia simple de título profesional de Arquitecto, Ingeniero o Licenciatura en Edificación y Administración de Obra. 6.- Constancia de Colegio o Asociación de Profesionistas de alguna de las ramas señaladas en el punto anterior. 7.- Copia certificada de cédula profesional. 8.- Dictámenes de tres años anteriores a la fecha de la solicitud. 9.- Copia simple de identificación oficial. 10.- Constancia de asistencia al curso sobre los principios del nuevo sistema penal. Para obtener la revalidación: 1.- Informe anual de actividades. 2.- Constancia de Colegio o Asociación de Profesionistas al que pertenece. |
Registro de Perito Valuador de Bienes Muebles en General y de Servicios. | 1.- Solicitud de petición de registro dirigida al Secretario General de Gobierno. 2.- Currículum vitae. 3.- Comprobante de domicilio. 4.- Copia certificada de acta de nacimiento. 5.- Copia simple de título profesional o técnico que lo faculte para ejercer la profesión o técnica relativa a la rama que corresponda. 6.- En su caso, copia certificada de cédula profesional. 7.- Constancia de Colegio o Asociación de Profesionistas en el ramo en que pretenda dictaminar. 8.- Dictámenes de tres años anteriores a la fecha de la solicitud. 9.- Copia simple de identificación oficial. 10.- Constancia de asistencia al curso sobre los principios del nuevo sistema Penal. Para obtener la revalidación: 1.- Informe anual de actividades. 2.- Constancia de Colegio o Asociación de Profesionistas al que pertenece. |
Fundamento Jurídico |
Fundamento Jurídico |
Fecha de Publicación |
Reglamento Interior de la SecretarÍa General de Gobierno: Artículo 37 fracción XIV | POE 14/03/2020 |
Ley de Peritos del Estado de San LuIs Potosí: Artículos 12, 13, 14, 15 y 19. | POE 20/10/2020 |
Reglamento de la Ley de Peritos del Estado de San Luis Potosí: Artículos 17, 18, 19, 20, 24 Y 27 | POE 19/04/2014 |
Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí: Artículos 1°, 2°, 63 y 93 | POE 22/04/2022 |
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San LuIs Potosí: Artículos 31 fracción I y 32 fracción XIX | POE 13/05/2022 |