Ante la situación sanitaria que se registra en nuestro Estado generada por la propagación del virus SARS-COV2 (COVID-19) y a efecto de coadyuvar con las medidas de prevención en la Administración Pública del Estado de San Luis PotosÃ, la SecretarÃa de Comunicaciones y Transportes del Estado, estará brindando atención a través del sistema de citas en el enlace siguiente: https://citas.sctslp.gob.mx/Las dudas o aclaraciones se estarán atendiendo en el teléfono 444 812 0677, Por su comprensión, gracias. |
Dependencia/Entidad: |
SecretarÃa de Comunicaciones y Transportes |
Unidad Respon: |
Dirección General de Comunicaciones y Transportes |
Clasificación: |
trámite |
Sector: |
Comunicaciones y Transportes - Caminos |
Área que lo ofrece: |
Departamento de Atención al Usuario |
Responsable: |
Leonardo Jiménez Pérez |
Cargo del Res.: |
Jefe de Grupo |
E-Mail del Resp.: |
sct_agomez@slp.gob.mx |
Clave Interna: |
|
Descripción: |
Devolución de la licencia cuando ésta sea retenida a su titular debido a alguna infracción a la Ley de Transporte Público, atribuible a su persona. |
Dirigido a: |
Operadores de Servicio de Transporte Público en todas las modalidades del Estado, Excepto Transporte Urbano Colectivo, Interurbano, Foráneo, Rural, Servicios Especiales de más de cinco pasajeros en los municipios de la Zona Metropolitana, San Luis PotosÃ, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Mexquitic, Zaragoza y Villa de Reyes. |
Comprobante a recibir: |
Notificación por escrito y/o Infracción. |
Tiempo de Respuesta: |
1 dÃa |
Vigencia: |
No aplica |
Periodo de recepción de solicitudes: |
Todo el año, excepto dÃas inhábiles. |
Hora de recepción: |
De 8:00 a 14:30 horas de Lunes a Viernes hábiles |
Página Web: |
http://sct.slp.gob.mx/ |
Observaciones: |
El pago de la multa será de acuerdo al tabulador establecido en el artÃculo 129 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis PotosÃ, la aplicación de multas por incumplimiento de las obligaciones de los concesionarios, permisionarios y operadores se ajustará a los tabuladores siguientes: I. De las sanciones al incumplimiento de las obligaciones de los operadores: de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis PotosÃ, en la comisión de las infracciones establecidas en la presente Ley, se considera solidariamente responsable al titular de la concesión, permiso o autorización de que se trate. El trámite deberá efectuarlo el titular de la licencia. |
Última Modificación: |
2020-04-14 |
Formato: |
|
|
|
Costos |
Concepto |
Monto |
a) Por efectuar ascenso y descenso de pasaje fuera de los lugares autorizados |
5 a 20 UMA |
b) Por prestar servicio con mala presentación personal, desaseado y, en su caso, sin el uniforme requerido. |
3 a 20 UMA |
c) Por tratar en forma irrespetuosa a usuarios y terceros durante la prestación del servicio. |
5 a 30 UMA |
d) Por poner en riesgo la seguridad de los usuarios y terceros al operar las unidades con falta de precaución. |
21 a 100 UMA |
e) Por no portar la licencia para conducir vehÃculos del servicio público y/o gafete de identificación a la vista del usuario. |
5 a 30 UMA |
f) Por conducir un vehÃculo de servicio público sin contar con la licencia respectiva, o ésta sea insuficiente para la modalidad. |
20 a 50 UMA |
g) Por no presentarse a acreditar los exámenes para verificar su aptitud y sus capacidades psicofÃsicas. |
3 a 20 UMA |
h) Por conducir vehÃculos de servicio público en ostensible mal estado de salud. |
3 a 20 UMA |
i) Por no respetar el trato preferencial a los adultos mayores, niños, personas con discapacidad, y mujeres embarazadas. |
5 a 20 UMA |
j) Por no cumplir y aprobar la capacitación. |
5 a 20 UMA |
k) Por no acatar indicaciones de las autoridades en materia de transporte, o por agredirlos fÃsica o verbalmente durante las diligencias de inspección, sin menoscabo de la responsabilidad penal que resulte. |
5 a 20 UMA |
l) Por utilizar o colocar en la unidad accesorios no indispensables que produzcan ruido y molesten, o pongan en riesgo la seguridad de usuarios y terceros. |
5 a 20 UMA |
m) Por circular con la o las puertas abiertas, o con pasaje en los estribos. |
20 a 50 UMA |
ñ) Por alterar las tarifas o sus reglas de aplicación. |
5 a 50 UMA |
n) Por exceder el número de pasajeros autorizados para cada vehÃculo en su tarjeta de circulación y/o modalidad de servicio. |
5 a 20 UMA |
o) Por conducir un vehÃculo del servicio del transporte público sin aprobar los exámenes previstos en la presente Ley y su reglamento. |
5 a 50 UMA |
p) Por la conducción de vehÃculos de transporte público, dentro o fuera del servicio, bajo la influencia de bebidas alcohólicas, enervantes o demás sustancias tóxicas. |
100 a 200 UMA |
q) Por abastecer combustible a los vehÃculos del servicio de transporte público con pasaje a bordo de los mismos. |
5 a 50 UMA |
r) Por negar, sin causa justificada, el servicio público de transporte,; para el caso de que se obstaculice, impida o niegue el servicio a adultos mayores, niños, personas con discapacidad y mujeres embarazadas. |
10 a 50 UMA |
s) Por fumar el conductor durante la prestación del servicio en los vehÃculos de transporte público de pasajeros, se sanciona de acuerdo a la Ley de Protección a la Salud de las Personas no Fumadoras. (Art. 33 fracc. I) |
Hasta 100 UMA |
t) Por llevar acompañantes a bordo del vehÃculo de servicio público cuando éste se encuentre en la prestación del mismo. |
5 a 20 UMA |
u) Por permitir o inducir el ascenso de usuarios por la puerta trasera en el caso de vehÃculos del servicio de transporte público colectivo urbano. |
5 a 30 UMA |
v) Por utilizar teléfonos celulares, o exceder la velocidad permitida, o no acatar las disposiciones de tránsito y vialidad, será sancionado en los términos que establece el art. 129 fracción I inciso d) de la Ley de Transporte Público. |
21 a 100 UMA |
w) Por no respetar itinerarios autorizados; establecer terminal en lugar no autorizado, no resguardar los vehÃculos en patios de pernocta o encierro, para las modalidades de transporte urbano, suburbano, foráneo, mixto, y colectivo de ruta rural. |
5 a 30 UMA |
x) Por utilizar el vehÃculo de servicio público para otros usos diferentes a la prestación del servicio. |
5 a 30 UMA |
y) Por falta de cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en los artÃculos 82 y 83 de la Ley de Transporte Público y 50 del reglamento de la Ley de Transporte Público. |
5 a 30 UMA |
Ubicación |
Descripción |
Responsable |
Dirección |
Ubicación |
Teléfono/Fax |
Zona Metropolitana y Zona Centro con sede en oficinas centrales | Ricardo Guevara Briones
| Av. Muñoz No. 650 1er. Piso, La Condesa, San Luis PotosÃ, S. L. P. C.P. 78170 | | (444) 812-06-77 (444) 814-79-08 (444) 814-98-24 Fax: (444) 814-21-64 |
Delegación Zona Altiplano con sede en Matehuala, S. L. P. | Héctor Raúl Moncada Chávez
sct_delegzaltiplano@slp.gob.mx | Insurgentes No. 212, Centro C.P. 78700 | | (481) 887 7273 |
Delegación Zona Huasteca Norte con sede en Cd. Valles, S. L. P. | Jorge Israel Hernández González
sct_delegzhnorte@slp.gob.mx | Boulevard México Laredo No. 1295, Fraccionamiento Norte Residencial C.P. 79020 | | (481) 381 3000 |
Delegación Huasteca Sur con sede en Tamazunchale, S. L. P. | Juan Manuel DÃaz Zuñiga
| Carretera México Laredo, Privada Roger No. 1, 2° Piso, Barrio San Rafael, Tamazunchale, S. L. P. C.P. 79960 | | (483) 362 1880 |
Delegación Zona Media con sede en RÃo Verde, S. L. P. | Sergio Humberto Esparza Arteaga
sct_delegzmedia@slp.gob.mx | Hidalgo No. 601, Centro C.P. 79610 | | (487) 872 6002 |